Impuesto sobre el patrimonio-AEAT

impuesto sobre el patrimonio

Impuesto sobre el patrimonio en la web de la AEAT

¿Quién está obligado a declarar?

Están obligados a presentar declaración por el Impuesto sobre el Patrimonio los sujetos pasivos (personas físicas por obligación personal o real) en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • Su cuota tributaria, determinada de acuerdo con las normas reguladoras de este im­puesto, y una vez aplicadas las deducciones o bonificaciones que procedieren, resulte a ingresar, o
  • Cuando, no dándose la anterior circunstancia, el valor de sus bienes o derechos, deter­minado de acuerdo con las normas reguladoras del impuesto, resulte superior a 2.000.000 euros.

A efectos de la aplicación de este segundo límite, deberán tenerse en cuenta todos los bienes y derechos del sujeto pasivo, estén o no exentos del impuesto, computados sin considerar las cargas y gravámenes que disminuyan el valor de los mismos, ni tampoco las deudas u obliga­ciones personales de las que deba responder el sujeto pasivo.

Las personas fallecidas en el año 2014 en cualquier día anterior al 31 de diciembre, no tienen obligación de declarar por este impuesto

Plazo de presentación Patrimonio 2014

El plazo de presentación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Patrimonio del año 2013, cualquiera que sea su resultado (a ingresar o negativa), será el comprendido entre los días 7 de abril y 30 de junio de 2015, ambos inclu­sive.

No obstante, si el resultado de la declaración es a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la presentación no podrá realizarse con posterioridad al día 25 de junio de 2015.

Os proporciono enlaces a dos archivos Word que he recibido del Colegio de Economistas donde se resumen las principales directrices de la declaración del Impuesto sobre el patrimonio 2014.

Estos son los enlaces a los archivos:

PATRIMONIO 2014 – CONSULTAS INFORMA – ABRIL 2015

PATRIMONIO 2014 – INFORMACIÓN EN WEB AEAT – ABRIL 2015 (1)

Os servirán de guía para cualquier consulta que tengáis sobre el impuesto sobre el patrimonio.

Saludos cordiales

Luis Manuel Sánchez

Nuestra puntuación
¡Haz clic para puntuar esta entrada!
(Votos: 0 Promedio: 0)
(Visited 62 times, 1 visits today)

Deja un comentario