Fuente: eleconomista.com
La Comisión Europea (CE)tiene previsto proponer el 23 de octubre la creación de un impreso único de declaración para la tramitación del Impuesto de Valor Añadido (IVA) en las gestiones de todas las empresas de la Unión Europea, lo que equivale a armonizar el impreso para 20 millones de sociedades.
Actualmente, la complejidad del régimen del IVA vigente en la Unión Europea es un obstáculo para hacer negocios en el mercado único, por lo que el Ejecutivo comunitario espera que las nuevas normas conlleven la expansión transfronteriza de las empresas europeas de nueva creación, lo que contribuirá a su vez a generar crecimiento y puestos de trabajo.
Cada año se presentan a las administraciones fiscales de la UE un total de 150 millones de declaraciones de IVA. Sin embargo, las obligaciones de declaración varían en los 28 Estados miembros, haciendo muy difícil para las empresas hacer negocios en más de un Estado miembro, al tener que cumplir tantas normas diferentes.
Mayores obstáculos
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La propuesta del comisario de Fiscalidad, Algirdas ?emeta, de normalizar las obligaciones de declaración del IVA en todos los 28 Estados miembros de la UE, suprimirá uno de los mayores obstáculos que tienen las empresas para expandir sus oportunidades de negocios en el mercado único, especialmente las pequeñas y medianas empresas europeas.
Este impuesto, pagado por los ciudadanos y las empresas, representa más del 20% de los ingresos nacionales, por lo que tiene un impacto significativo en todos los ciudadanos de la Unión Europea. “Sin embargo, después de 40 años operativo en la UE, el sistema de IVA no está adaptado a la economía, basada en el sector servicios”, dijo el comisario.
Esta propuesta de Bruselas se apoya en la Comunicación sobre el futuro del IVA publicada en diciembre de 2011 y una consulta pública que reunió 1.700 contribuciones. Con ello, la CE apuesta por homologar las declaraciones de IVA, más allá de la igualdad de las facturas en papel y las facturas electrónicas.
Diferentes obligaciones
Actualmente, las diferentes en las obligaciones en materia de IVA subsisten, lo que debilita el interés de los centros de servicios compartidos para cumplir las obligaciones contables y fiscales a nivel de la UE. Este paquete vendrá acompañado de una generalización de la ventanilla única para la declaración y el pago del IVA en el comercio transfronterizo de los servicios electrónicos, de radiodifusión, televisión y telecomunicaciones, que más tarde se ampliará a más actividades. Así, las empresas podrán declarar y pagar el IVA en el Estado miembro donde estén establecidos en vez del Estado miembro de su cliente.
También se facilitará el acceso a los datos relativos a los regímenes de IVA, para que las empresas cumplan las normas.
La estructura actual de los tipos del IVA es una recopilación de los que se aplicaban en los Estados miembros cuando se armonizó el impuesto en 1993. Las propuestas iniciales de la CE estaban orientadas a lograr una “aproximación” en dos bandas impositivas: un tipo normalizado de entre el 14 y el 20% y un tipo reducido de entre el 5 y el 9%.
Sin embargo, otra Directiva de la CE contemplaba un tipo mínimo normalizado del 15%, revisado cada dos años. No obstante, se concluyó que no se habían registrado variaciones significativas en las pautas transfronterizas de compra, distorsiones relevantes de la competencia ni desviaciones de los flujos comerciales por causa de las disparidades en los tipos del IVA. En consecuencia, en 1995 y 1998, la CE propuso (sin éxito) un nuevo tipo máximo del 25%, sin introducir cambios del tipo mínimo del 15%. En diciembre de 2005, el Consejo amplió el período de aplicación del tipo mínimo normalizado del IVA del 15% hasta 2010, y, entretanto, hasta finales de 2015.