Subida de la base mínima de cotización del Régimen especial de trabajadores autónomos (RETA)

Tal y como había anunciado, el Gobierno incrementará para el año próximo en cinco puntos la base máxima de cotización, hasta los 3.597 euros mensuales o 119,90 euros diarios.

Asimismo, elevará un 2% la base mínima de cotización en el Régimen Especial de TrabajadoresAutónomos (RETA), hasta los 875,70 euros mensuales, después de haberla subida casi un 1% en 2013. Más del 80% de los autónomos cotizan actualmente por la base mínima.

En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social la base máxima de cotización para 2014 será también de 3.597 euros mensuales.

La base de cotización de los autónomos que a 1 de enero de 2014 tengan menos de 47 años podrá ser elegida por ellos dentro de la horquilla anterior (875,70 euros a 3.597). También podrán elegir su base, dentro de esa escala, las personas que se den de alta en el RETA y quienes a esa fecha tengan 47 años y su última base de cotización (diciembre de 2013) se hubiera situado en una cuantía igual o superior a 1.888,80 euros.

Los autónomos que a 1 de enero del próximo año tengan 47 años, con una base de cotización inferior a 1.888,8 euros mensuales, no podrán elegir una base superior a los 1.926,60 euros mensuales, salvo que ejerciten tal opción antes del 30 de junio de 2014, con efectos a partir del 1 de julio de ese año.

Por su parte, según consta en el proyecto de los PGE, la base de cotización de los autónomos que el próximo 1 de enero tengan 48 o más años cumplidos estará comprendida entre 944,40 euros y 1.926,60 euros mensuales, salvo algún caso excepcional.

Los autónomos que antes de los 50 años hubieran cotizado a cualquier régimen de la Seguridad Social por espacio de cinco años o más tendrán que cotizar por una base comprendida entre los 875,70 euros y 1.926,60 euros al mes si su última base de cotización hubiera sido igual o inferior a 1.888,8 euros. Si superara esa cantidad, tendrán que cotizar por entre 875,70 euros mensuales y el importe de aquella, incrementado en un 5%, pudiendo optar, en caso de no alcanzarse, por una base de hasta 1.926,6 euros mensuales.

(Visited 48 times, 1 visits today)

Deja un comentario