Cómo retirar dinero de una sociedad

Este post analiza cinco métodos legales para retirar dinero de una sociedad , es decir, que un socio extraiga dinero de una sociedad, comparando sus implicaciones fiscales para la empresa y el socio.

Se consideran la distribución de dividendos, el aumento de la nómina, la facturación de servicios, la obtención de un préstamo y, finalmente, se descarta la opción ilegal de defraudar.

Cada método se evalúa en términos de impuestos pagados por la sociedad y el socio, incluyendo ejemplos numéricos para ilustrar las diferencias.

El post concluye que el préstamo es la opción menos costosa fiscalmente, aunque requiere la devolución del capital.

Métodos para Retirar Dinero de una Sociedad

Contenidos

Este post describe varias maneras en que un socio puede obtener dinero de una sociedad. Aquí se resumen las opciones, con sus ventajas y desventajas fiscales:

1. Defraudar:

  • Descripción: Usar el dinero de la sociedad como si fuera propio, sin declarar impuestos.
  • Ventajas: Aparentemente económica si no hay inspección.
  • Desventajas: Ilegal y totalmente desaconsejada.

2. Repartir dividendos:

  • Descripción: La sociedad distribuye beneficios a los socios.
  • Ventajas: Método legal y común.
  • Desventajas:
    • Retención del 19% para el socio, tributación en IRPF (21%-26%).
    • No deducible para la sociedad.
    • Requisitos de patrimonio neto.

3. Aumentar nómina (para socios administradores o con relación laboral):

  • Descripción: Incrementar la retribución del socio como trabajador.
  • Ventajas:
    • Gasto deducible para la sociedad.
    • Tributación como rendimiento del trabajo para el socio.
  • Desventajas:
    • Retención según tablas o 35% para administradores.
    • Tipo marginal IRPF hasta 49%.

4. Facturar un importe mayor a la sociedad (para socios que prestan servicios profesionales):

  • Descripción: El socio factura a la sociedad por servicios, incluyendo el IVA.
  • Ventajas: Gasto deducible para la sociedad.
  • Desventajas:
    • Retención del 15%.
    • Tributación como rendimiento de actividades económicas.
    • Impacto del IVA (repercutido para el socio, deducible para la sociedad).

5. Realizar un préstamo:

  • Descripción: La sociedad presta dinero al socio con un contrato formal.
  • Ventajas:
    • Exento de IVA e ITP.
    • Sin carga fiscal para el socio si se devuelve.
    • Bajo impacto fiscal para la sociedad (intereses).
  • Desventajas:
    • El socio debe devolver el préstamo con intereses (mínimo 3,25% en 2023).
    • Sanciones si no se devuelve, considerándose dividendo encubierto.
    • Necesario formalizar el contrato y registrarlo (recomendable).

Análisis de Dividendos, Nómina y Factura como Métodos para Sacar Dinero de una Sociedad

En base al documento “Cómo sacar dinero de la sociedad.pdf”, se pueden comparar las opciones de dividendos, nómina y factura para extraer dinero de una sociedad, considerando sus implicaciones fiscales:

1. Dividendos:

  • Descripción: Reparto de beneficios de la sociedad entre los socios.
  • Ventajas: Método legal y común.
  • Desventajas:
    • Impacto fiscal significativo para el socio: Retención del 19% al momento del reparto y posterior tributación en la base imponible del ahorro del IRPF.
    • Impacto fiscal para la sociedad: No es un gasto deducible para la sociedad.
    • Restricciones: El patrimonio neto no puede quedar por debajo del capital social, y las reservas disponibles no pueden ser inferiores a los gastos en Investigación y Desarrollo.

Ejemplo: Para obtener 75.000€ netos, se necesitaría un reparto bruto de 92.593€ para cubrir la retención del 19%. El socio pagaría 20.176,39€ en impuestos, y la sociedad no recuperaría nada.

2. Nómina (para socios administradores o con relación laboral):

  • Descripción: Incremento de la retribución del socio como trabajador de la sociedad.
  • Ventajas:
    • Deducible para la sociedad: El gasto de la nómina es deducible para la sociedad en el Impuesto sobre Sociedades.
    • Tributación como rendimiento del trabajo: Para el socio, se considera rendimiento del trabajo, sujeto a las retenciones correspondientes.
  • Desventajas:
    • Altas retenciones: Se aplica retención según tablas o un tipo fijo del 35% para administradores.
    • Elevada tributación para el socio: El tipo marginal del IRPF puede llegar al 49% para rentas altas.

Ejemplo: Para obtener 75.000€ netos, se necesitaría una nómina bruta de 130.000€, con una retención del 42,3%. La sociedad recuperaría 32.500€ en el Impuesto sobre Sociedades.

3. Factura (para socios que prestan servicios profesionales):

  • Descripción: El socio, como profesional independiente, factura a la sociedad por los servicios prestados, incluyendo IVA.
  • Ventajas:
    • Deducible para la sociedad: El importe de la factura es un gasto deducible para la sociedad.
  • Desventajas:
    • Retención del 15%: Se aplica una retención del 15% sobre la factura.
    • Tributación como actividad económica: El socio tributa como rendimiento de actividades económicas, lo que puede resultar en un tipo impositivo elevado.
    • Impacto del IVA: El socio repercute IVA a la sociedad, que luego puede deducirlo. Esto implica un mayor flujo de caja inicial para el socio.

Ejemplo: Para obtener 75.000€ netos, se necesitaría facturar 88.235,29€, con una retención de 13.235,29€.

La sociedad recuperaría 22.058,82€ en el Impuesto sobre Sociedades.

El socio tendría que pagar 17.541,18€ adicionales en su declaración de la renta.

Comparación:

De las tres opciones, la nómina ofrece la mayor deducción fiscal para la sociedad, mientras que la factura implica un mayor flujo de caja inicial para el socio debido al IVA.

Los dividendos son la opción menos atractiva fiscalmente tanto para el socio como para la sociedad.

Comparación:

De las tres opciones, la nómina ofrece la mayor deducción fiscal para la sociedad, mientras que la factura implica un mayor flujo de caja inicial para el socio debido al IVA.

Los dividendos son la opción menos atractiva fiscalmente tanto para el socio como para la sociedad.

Es importante considerar que esta información se basa únicamente en el documento proporcionado y no constituye asesoramiento financiero o legal.

Se recomienda consultar con un profesional para determinar la mejor opción según cada caso particular.

Impuestos, Retenciones y Aspectos Fiscales de retirar dinero de una Sociedad

El documento “Cómo sacar dinero de la sociedad.pdf” aborda diversas estrategias para que un socio obtenga dinero de una sociedad, analizando sus implicaciones fiscales. A continuación, se profundiza en los conceptos de impuestos, retenciones y el aspecto fiscal general:

Impuestos:

  • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Los socios tributan en su IRPF por los ingresos obtenidos de la sociedad, ya sea como dividendos, rendimientos del trabajo (nómina) o rendimientos de actividades económicas (facturación). La base imponible y el tipo impositivo varían según el método utilizado.
  • Impuesto sobre Sociedades: La sociedad tributa por sus beneficios, y algunos gastos, como la nómina o las facturas de servicios profesionales, son deducibles, reduciendo la base imponible.
  • IVA: En el caso de la facturación de servicios profesionales, el socio repercute IVA a la sociedad, que puede deducirlo si cumple los requisitos.

Retenciones:

  • Son pagos a cuenta del impuesto final: Actúan como un anticipo del impuesto que el socio deberá pagar en su declaración de la renta.
  • Responsabilidad de la sociedad: La sociedad es responsable de retener el porcentaje correspondiente e ingresarlo a Hacienda.
  • Tipos de retención: Varían según el método de extracción de dinero:
    • Dividendos: 19%
    • Nómina: Según tablas o 35% para administradores
    • Factura: 15%

Aspecto Fiscal General:

  • Objetivo: Minimizar la carga fiscal: La elección del método para sacar dinero de la sociedad tiene un impacto significativo en la carga fiscal tanto del socio como de la sociedad.
  • Planificación fiscal: Es fundamental analizar las diferentes opciones y sus implicaciones fiscales para determinar la estrategia más ventajosa en cada caso particular.
  • Cumplimiento normativo: Es crucial actuar dentro de la legalidad, evitando prácticas fraudulentas o la simulación de operaciones.

Puntos Clave:

  • El préstamo como opción con menor impacto fiscal: Si se formaliza correctamente y se devuelve en los términos acordados, el préstamo puede ser la opción con menor impacto fiscal tanto para el socio como para la sociedad.
  • Importancia de la devolución del préstamo: De no devolverse, se considera un dividendo encubierto, con sanciones para ambas partes.
  • Ejemplo comparativo: El documento presenta un ejemplo (páginas 4-6) que ilustra el impacto fiscal de cada método.

Recomendación:

Para tomar decisiones financieras informadas, se recomienda consultar con un asesor fiscal o legal.

El Préstamo como Método para Sacar Dinero de una Sociedad

Uno de los métodos presenta el préstamo de la sociedad al socio como una alternativa atractiva para extraer fondos de la empresa, con un bajo impacto fiscal tanto para el socio como para la sociedad.

A continuación, se analizan las características y consideraciones clave de esta opción:

Ventajas Fiscales:

  • Exención de IVA e ITP: La operación de préstamo está sujeta pero exenta de IVA, y por lo tanto, no está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). No es obligatorio presentar el modelo 600 si el préstamo se documenta en un contrato privado, aunque se recomienda presentarlo para validar la fecha del acuerdo.
  • Sin carga fiscal para el socio (si se devuelve): El socio no tributa por el préstamo recibido siempre y cuando lo devuelva en el plazo pactado.
  • Tributación mínima para la sociedad: La sociedad tributa únicamente por los intereses que se devengan del préstamo. Al tratarse de una operación entre partes vinculadas, el tipo de interés mínimo debe ser igual al interés legal del dinero (3,25% en 2023).

Requisitos y Consideraciones:

  • Formalización del Contrato: Es fundamental formalizar el préstamo mediante un contrato que especifique claramente los términos del acuerdo, incluyendo el importe del préstamo, el tipo de interés, la fecha de vencimiento y la forma de devolución.
  • Devolución del Préstamo: El socio debe devolver el importe del préstamo en los plazos y condiciones establecidos en el contrato. De lo contrario, la operación podría considerarse un “dividendo encubierto” y ser objeto de sanciones tanto para el socio como para la sociedad.
  • Intereses: El préstamo debe incluir intereses, como mínimo el interés legal del dinero. La sociedad incluirá estos intereses como un ingreso financiero en su resultado del ejercicio, tributando por ellos en el Impuesto sobre Sociedades. El socio solo retendrá estos intereses si el importe recibido afecta a su actividad económica.
  • Cuenta Corriente con Socios y Administradores: Para préstamos puntuales y a corto plazo, la sociedad puede utilizar la cuenta corriente con socios y administradores (cuenta 551) sin necesidad de un contrato formal ni intereses. Sin embargo, para periodos más largos, se requiere la formalización del préstamo como se ha indicado anteriormente.
  • Justificantes de Devolución: Es recomendable que la sociedad guarde justificantes de los importes devueltos por el socio para evitar futuras discrepancias o inspecciones.

Comparación con Otras Opciones:

Podemos concluir que el préstamo podemos considerarla como la opción más ventajosa fiscalmente en comparación con el reparto de dividendos, el aumento de nómina y la facturación de servicios profesionales.

El préstamo requiere un menor capital por parte de la sociedad y tiene una menor incidencia fiscal.

Diferencias Fiscales entre Dividendos y Aumento de Nómina

Vamos a analizar las diferencias fiscales entre repartir dividendos y aumentar la nómina de un socio.

A continuación, se detallan estas diferencias:

1. Impuesto para el Socio:

  • Dividendos: Tributan en la base imponible del ahorro del IRPF del socio. Se aplica una retención del 19% en el momento del reparto y la tributación final depende del tramo de renta, con un tipo marginal del 21% (entre 60.000€ y 200.000€), 23% (entre 200.000€ y 300.000€) y 26% (más de 300.000€).
  • Nómina: Tributan en la base imponible general del IRPF. La retención se aplica según las tablas del IRPF o al tipo fijo del 35% para administradores. El tipo marginal del IRPF para rendimientos del trabajo puede llegar al 45% (más de 60.000€) o 49% (más de 300.000€).

2. Gasto Deducible para la Sociedad:

  • Dividendos: No son deducibles como gasto para la sociedad en el Impuesto sobre Sociedades.
  • Nómina: Sí son deducibles como gasto para la sociedad en el Impuesto sobre Sociedades, reduciendo la base imponible del impuesto.

3. Impacto en la Tesorería de la Sociedad:

  • Dividendos: Requiere que la sociedad tenga la liquidez suficiente para cubrir el importe neto del dividendo más la retención del 19%.
  • Nómina: Requiere que la sociedad tenga la liquidez para cubrir el importe bruto de la nómina, incluyendo las retenciones correspondientes. Aunque el gasto es deducible, la sociedad solo recuperará la parte correspondiente al tipo impositivo del Impuesto sobre Sociedades.

4. Restricciones para la Sociedad:

  • Dividendos: La sociedad solo puede repartir dividendos si tiene suficientes reservas, sin comprometer su capital social ni las reservas destinadas a I+D.
  • Nómina: No existen restricciones específicas, siempre que la relación laboral o el cargo de administrador estén debidamente justificados.

Ejemplo Práctico:

Don Francisco, socio único de la sociedad Exportmueble S.L: quiere comprar un inmueble por un importe de 250.000 euros.

El banco le garantiza una hipoteca por el 80% del importe en unas condiciones muy favorables pero no tiene liquidez suficiente para hacer frente a la entrada y a los impuestos necesarios para realizar la compra.

Por su parte Exportmueble S.L. dispone de suficiente tesorería, por lo que Don Francisco se plantea cómo obtener unos 75.000 euros de la empresa de la forma legal más ventajosa posible.

Otros datos: Don Francisco tiene 40 años, está casado y tiene dos hijos menores.

Está en el régimen de autónomos, cotizaciones abonadas por la sociedad, y percibe una retribución anual de 30.000 euros, con una retención del 16% (4.800 euros).

En este ejemplo se observa que:

Solución


Reparto de dividendos:

Don Francisco necesita 75.000 euros por lo que el reparto de dividendos debe acordarse por un importe de 92.593 euros teniendo en cuenta la retención del 19%.

Don Francisco incluirá en su declaración de la renta 92.593 euros en la base imponible del ahorro, con una factura fiscal final de 20.176,39 euros (6.000 x 0,19 + 44.000 x 0,21 + 42.593 x 0,23), de los que la sociedad ya ha ingresado 17.592,67 (92593 x 0,19), lo que supone un mayor ingreso o menor devolución de 2.583,72 euros sólo por este dividendo.

La sociedad no recupera ningún importe por el dividendo (no es deducible) y tiene que tener en cuenta que el patrimonio neto no quede por debajo de la cifra de capital social y presentar el modelo 123 para hacer el ingreso a cuenta del irpf (17.592,67 euros) y el modelo 193 de resumen anual.


Aumentar nómina:


Obtener 75.000 euros adicionales netos supondría un importe bruto de 130.000 euros considerando que la retención sube al 42,3% (54.990 euros).

Sin tener en cuenta otras deducciones o incentivos que pueda aplicar Don Francisco en su declaración de la renta, la misma le saldría cercana a la cuota cero, ni a pagar ni a devolver (o poca cosa), por las retenciones practicadas.

La sociedad tendrá que ingresar la retención a través del modelo 111 e incluirlo en el modelo 190 de resumen anual.

Además recuperará parte del importe como un menor ingreso o una mayor devolución de 32.500 euros (130.000 x 25%) en el Impuesto sobre Sociedades al ser un gasto deducible.


Facturar importe:


Para obtener 75.000 euros netos Don Francisco tendrá que facturar 88.235,29 euros teniendo en cuenta la retención del 15% (13.235,29 euros), no obstante la sociedad tendría que hacer frente a un importe total de 93.529,41 euros considerando un 21% de IVA (18.529,41 euros) que ingresará Don Francisco y se deducirá Exportmueble S.L. en sus respectivos modelos 303.

La retención realizada será insuficiente para pagar la cuota del IRPF de Don RCR que en su declaración de la renta tendrá que hace un ingreso adicional de 17.541,18 euros al resultar un tipo impositivo medio final de 34,88% (de acuerdo con la simulación planteada, según los demás ingresos y gastos deducibles el importe podría ser mayor o menor).

La sociedad tendrá que ingresar la retención a través del modelo 111 e incluirlo en el modelo 190 de resumen anual.

Además recuperará parte del importe como un menor ingreso o una mayor devolución de 22.058,82 euros (88.235,29 x 25%) en el Impuesto sobre Sociedades al ser un gasto deducible.


Formalizar un préstamo:

Exportmueble S.L. puede acordar en junta concederle un préstamo a Don Francisco por 75. 000 euros, quedando formalizado en contrato de préstamo, con un interés mínimo igual al interés legal del dinero, un 3% actualmente.

La sociedad obtendría un ingreso anual de 2.250 euros lo que supone un importe mayor a pagar (o una menor devolución) de 562,50 euros en el Impuesto sobre Sociedades, incluso si Don Francisco no lo abonase efectivamente.

Don Francisco no tendrá que practicar retención ni incluir importe alguno en su declaración de la
renta por el préstamo mientras lo devuelva.

Podemos resumir todos los cálculos realizados en esta tabla comparativa de las alternativas:

tabla de alternativas

Vemos que el préstamo resulta la opción que menos capital necesita y la que menor incidencia fiscal tiene.

Factores que determinan la viabilidad y conveniencia de cada opción de retirada de capital

Las fuentes proporcionan un análisis de las diferentes opciones que un socio tiene para extraer capital de una sociedad, examinando la viabilidad y conveniencia de cada una desde una perspectiva fiscal. Se destacan los siguientes factores a considerar:

1. Situación Financiera de la Sociedad:

  • Disponibilidad de tesorería: La sociedad debe contar con la liquidez suficiente para hacer frente a la extracción de capital sin comprometer su funcionamiento.
  • Patrimonio neto: El reparto de dividendos está condicionado a que el patrimonio neto no quede por debajo del capital social.
  • Reservas disponibles: El reparto de dividendos también está sujeto a que las reservas disponibles no sean inferiores a los gastos en Investigación y Desarrollo.

2. Necesidades del Socio:

  • Cantidad de capital requerida: El importe necesario influirá en la elección de la opción más adecuada.
  • Urgencia: La necesidad inmediata del capital puede descartar opciones que requieran mayor tiempo de gestión.

3. Implicaciones Fiscales:

  • Tributación para el socio: Cada opción tiene un impacto fiscal diferente para el socio, tanto en el tipo impositivo como en el momento del pago.
  • Deducibilidad para la sociedad: Algunas opciones, como el aumento de nómina o la facturación de servicios, son gastos deducibles para la sociedad, lo que reduce su carga fiscal.
  • Retenciones: La mayoría de las opciones implican la práctica de retenciones por parte de la sociedad, lo que supone un coste administrativo adicional.
  • IVA: En el caso de la facturación de servicios, se debe considerar el impacto del IVA, tanto para el socio como para la sociedad.

4. Formalidades Legales:

  • Acuerdo en junta: Para el reparto de dividendos y la formalización de un préstamo, se requiere el acuerdo de la junta de socios.
  • Documentación: El préstamo debe formalizarse en un contrato de préstamo con sus términos claramente definidos.

5. Obligaciones del Socio:

  • Devolución del préstamo: En el caso del préstamo, el socio tiene la obligación de devolver el importe recibido, incluyendo los intereses pactados.
  • Sanciones: El incumplimiento de las obligaciones fiscales o la falta de devolución del préstamo pueden conllevar sanciones para el socio y la sociedad.

Ejemplo:

El caso de Don Francisco ilustra cómo los diferentes factores influyen en la elección de la mejor opción. En su situación, la opción del préstamo resulta la más ventajosa por:

  • Menor necesidad de tesorería por parte de la sociedad.
  • Menor impacto fiscal, tanto para el socio como para la sociedad.
  • Simplicidad en la gestión.

Sin embargo, es importante destacar que la elección de la opción más adecuada dependerá de las circunstancias específicas de cada caso.

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PREGUNTAS FRECUENTES

1. ¿Cuáles son las formas legales de sacar dinero de una sociedad?

Existen varias alternativas para que un socio pueda obtener beneficios del capital de una sociedad:

  • Reparto de dividendos: Es un rendimiento de capital mobiliario sujeto a retención del 19% por parte de la sociedad y tributación en la base imponible del ahorro del IRPF del socio.
  • Aumento de nómina: Si el socio es administrador o cumple las condiciones de dependencia y ajenidad, la retribución se considera rendimiento del trabajo, deducible para la sociedad y sujeto a retención.
  • Facturación de servicios profesionales: Se considera rendimiento de actividades económicas, deducible para la sociedad y sujeto a retención del 15%. Se debe considerar el IVA si no es una actividad exenta.
  • Préstamo: Es una operación exenta de IVA e ITP. No conlleva carga fiscal para el socio, pero la sociedad debe incluir el interés del préstamo en su resultado del ejercicio.

2. ¿Cuál es la forma más económica de sacar dinero de una sociedad?

Fiscalmente, la opción más ventajosa es formalizar un préstamo de la sociedad al socio. Esta alternativa tiene una mínima incidencia fiscal para la sociedad y ninguna para el socio, siempre y cuando el préstamo se devuelva en los términos acordados.

3. ¿Qué requisitos debe cumplir un reparto de dividendos?

Para repartir dividendos, el patrimonio neto no debe quedar por debajo del capital social ni las reservas disponibles inferiores a los gastos en Investigación y Desarrollo. Se pueden repartir dividendos incluso si la empresa tiene pérdidas.

4. ¿Qué implicaciones fiscales tiene un aumento de nómina para el socio?

La retribución se considera rendimiento del trabajo, deducible para la sociedad, y está sujeta a retención según tablas o al tipo fijo del 35% para administradores. La tributación final para el socio depende del importe total en la base imponible general del IRPF.

5. ¿Qué consideraciones fiscales tiene la facturación de servicios por parte del socio a la sociedad?

El importe facturado es un rendimiento de actividades económicas, deducible para la sociedad y sujeto a retención del 15%. Se debe considerar el IVA si la actividad no está exenta. La tributación final para el socio depende del importe en la base imponible general del IRPF.

6. ¿Qué requisitos tiene un préstamo de la sociedad al socio?

Debe formalizarse en un contrato de préstamo con un interés mínimo igual al interés legal del dinero. No es necesario registrar el contrato, pero es recomendable presentar el modelo 600 para validar la fecha.

7. ¿Qué ocurre si el socio no devuelve el préstamo?

Se considerará un dividendo encubierto, sujeto a sanciones tanto para la sociedad como para el socio.

8. ¿Cuándo se puede utilizar la cuenta corriente con socios y administradores?

Se puede utilizar para préstamos puntuales y a corto plazo sin formalizar un contrato de préstamo ni considerar intereses. Para periodos más largos, se debe formalizar el préstamo con un contrato que establezca el interés, la fecha de vencimiento y la forma de devolución.

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