Seguro de caución: garantías en las licitaciones

Seguro de caución

  • El seguro de caución es una de las alternativas para apoyar las garantías en la contratación con la Administración y aseguran a la Administración contra el riesgo de que el empresario licitador incumpla alguna de las obligaciones que asume ante la Administración.

En unos casos el empresario es aún un licitador y lo que hay que asegurar es que dicho licitador no incumple con la Administración malogrando la celebración del contrato.

En otros casos, el empresario ya ha celebrado el contrato con la Administración y el riesgo que debe asegurarse es el de una ejecución fallida o defectuosa del mismo.

¿Cómo pueden constituirse las garantías definitivas?

En el artículo 108 Ley de Contratos del Sector Público se detallan los procedimientos en que pueden constituirse estas garantías:

  • En efectivo o en valores de Deuda Pública, en las condiciones establecidas por la Ley y sus normas de desarrollo. En estos casos la garantía habrá de depositarse en la Caja General de Depósitos o en sus sucursales encuadradas en las Delegaciones de Economía y Hacienda, o en los establecimientos públicos equivalentes de las Comunidades Autónomas o Entidades locales contratantes.
  • Mediante aval, prestado en las condiciones exigidas por la propia Ley y sus normas de desarrollo por alguno de los bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para operar en España. Estos avales habrán de depositarse en los establecimientos mencionados en el apartado anterior.
  • A través de contratar seguro de caución, celebrado en la forma y condiciones exigidas por la propia Ley y sus normas de desarrollo con una entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo. El certificado de seguro habrá de depositarse en alguno de los establecimientos indicados en el apartado a).
  • d) Mediante retención en el precio. Esta posibilidad sólo cabe en los casos en que así se prevea en el pliego, que fijará la forma y las condiciones de la retención, siendo admisible respecto de los contratos de obras, suministros y servicios, así como en los de concesión de servicios cuando las tarifas las abone la Administración contratante.

En este artículo nos vamos a detener en explicar en qué consisten las garantías constituidas mediante la contratación de un seguro de caución.

Gracias al Seguro de Caución la empresa podrá licitar y garantizar las ejecuciones de las obras públicas contratadas por la Administración.

Este seguro de caución garantiza el cumplimiento de una obligación legal o contractual. Su objetivo es asegurar al Beneficiario de la licitación la indemnización de los daños que pueda provocar el incumplimiento por parte del Tomador.

Se trata de una alternativa a la garantía del aval bancario.

Tienen la ventaja de que no computan en el CIRBE de tal forma que la empresa puede liberar otras líneas bancarias para destinarlas a la financiación sin que aumente el riesgo en los balances de la empresa.

Seguro de caución cuánto cuesta

Normalmente en las Líneas de Avales para Concursos Públicos no se cobran los gastos de estudio, emisión, mantenimiento y renovación. Solo generarán gasto las garantías que se vayan a emitir.

Normalmente en un plazo de 24 a 48 horas se tiene preparada la garantía.

El seguro de caución es la mejor alternativa para las empresas que trabajan con la Administración Pública.

VENTAJAS DEL SEGURO DE CAUCIÓN

Al producirse el concurso en una licitación pública es necesario cumplir una serie de requisitos, uno de ellos es contar con un seguro de caución como garantía del cumplimiento e indemnizar a los afectados en caso de incumplimiento de la responsabilidad pactada en la licitación.

Podemos resumir las ventajas del seguro de caución en los siguientes puntos:

  • Su contratación es gratuita
  • Al no computar en el CIRBE tienen un menor impacto en la deuda financiera de la empresa.
  • Los trámites son sencillos, rápidos y sin pasar por la notaría.
  • Su contratación supone para la empresa unos costes competitivos, en comparación con el clásico aval bancario emitido por la banca tradicional.

Saludos cordiales

Luis manuel Sánchez

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