Abordaré en las próximas dos entradas de mi blog el tema de la periodificación contable como mecanismo para el cumplimiento del principio del devengo contable presente en el Plan General Contable español.
Cada ejercicio económico, la empresa ha de determinar el resultado que ha obtenido, pérdidas o ganancias, en ese período. Normalmente este cálculo se efectúa a finales de año, puesto que el ejercicio económico de las empresas suele coincidir con el año natural.
El principio de correlación de ingresos y gastos establece que el resultado contable de un ejercicio estará constituido por los ingresos menos los gastos producidos durante ese intervalo de tiempo.
Al cierre del ejercicio, la empresa se ve obligada a analizar los distintos ingresos y gastos contabilizados en el período, puesto que éstos pueden presentar las siguientes circunstancias:
- Que se hayan devengado en el ejercicio, aunque todavía no se hayan cobrado o pagado.
- Que no se hayan devengado en el período, pero se hayan cobrado o pagado en el mismo.
A tenor del principio del devengo, los ingresos y gastos se imputarán al ejercicio en el que se generen, con independencia de que se realice su cobro o pago en ese período. |
Ha de quedar claro que se genera un ingreso en la fecha en la que la empresa preste los servicios correspondientes a dicho ingreso o entregue las pertinentes existencias.
A su vez, se considera que un gasto se ha devengado si la entidad ha recibido o disfrutado los bienes, servicios o suministros inherentes a ese gasto.
A este proceso, consistente en efectuar los ajustes contables precisos para que al hallar el resultado sólo se incluyan los ingresos y gastos devengados en el período, se le conoce con el nombre de periodificación contable.
INGRESOS Y GASTOS NO DEVENGADOS EFECTUADOS EN EL EJERCICIO
Contenidos
Puede ser que la empresa aun sin haber prestado cierto servicio lo cobre; o que, sin haber recibido determinada prestación, la pague. En esos casos, la empresa cobra un ingreso no devengado y paga un gasto no devengado.
Pese a esta circunstancia, los registra contablemente:
COBRO:
Nº |
FECHA |
CUENTA |
CONCEPTO |
IMPORTES |
||
CÓDIGO |
TÍTULO |
DEBE |
HABER |
|||
x | xxx | 57… | Tesorería | Cobro del ingreso |
xxxx |
|
x | xxx | 7… | Cuenta de ingresos | Cobro del ingreso |
xxxx |
PAGO:
Nº | FECHA |
CUENTA |
CONCEPTO |
IMPORTES |
||
CÓDIGO |
TÍTULO |
DEBE |
HABER |
|||
x | xxx | 6… | Cuenta de gastos | Pago del gasto |
xxxx |
|
x | xxx | 57… | Tesorería | Pago del gasto |
xxxx |
Al cierre del ejercicio, dado que algunos de estos ingresos y gastos aún no se han devengado, hay que darlos de baja por la parte no devengada, al no tener repercusión en el cálculo del resultado de ese ejercicio.
Por ello, hay que proceder a efectuar alguno de los ajustes contables que se indican a 31 de diciembre:
INGRESOS NO DEVENGADOS Y COBRADOS:
Nº |
FECHA |
CUENTA |
CONCEPTO |
IMPORTES |
||
CÓDIGO |
TÍTULO |
DEBE |
HABER |
|||
x | 31-12 | 7… | Cuenta de ingresos | Periodificación ingreso | xxxx | |
x | 31-12 | 48 o 56 | Ajustes por periodificación | Periodificación ingreso | xxxx |
GASTOS NO DEVENGADOS Y PAGADOS:
Nº |
FECHA |
CUENTA |
CONCEPTO |
IMPORTES |
||
CÓDIGO |
TÍTULO |
DEBE |
HABER |
|||
x | 31-12 | 48 o 56 | Ajustes por periodificación | Periodificación gasto | xxxx | |
x | 31-12 | 6… | Cuenta de gastos | Periodificación gasto | xxxx |
De la simple observación de los asientos anteriores, se deduce que:
-
- Los ingresos y gastos devengados en el ejercicio intervienen en el cálculo del resultado de ese ejercicio.
-
- La cuenta de ajustes por periodificación, que expresa ingresos no devengados cuyos importes han sido recibidos, es de pasivo, al representar la obligación que tiene la empresa de prestar ciertos servicios en un futuro que ya ha cobrado.
- En cambio, la cuenta de ajustes por periodificación, que refleja gastos no devengados cuyas cuantías han sido satisfechas, indica el derecho que tiene la empresa de recibir ciertos servicios que ya ha pagado, por lo que forma parte del activo.
Al año siguiente, sí van a devengarse los ingresos recibidos y no devengados en el ejercicio anterior y los gastos efectuados y no devengados en el año precedente; éstos incidirán en el cálculo del resultado del ejercicio actual.
Por ello, al comienzo del ejercicio se registrarán contablemente:
Ingresos no devengados en el ejercicio anterior que se devengarán en éste:
Nº |
FECHA |
CUENTA |
CONCEPTO |
IMPORTES |
||
CÓDIGO |
TÍTULO |
DEBE |
HABER |
|||
x | 1-1 (N+1) | 48 o 56 | Ajustes por periodificación | Reversión ingreso |
xxxx |
|
x | 1-1 (N+1) | 7… | Cuenta de ingresos | Reversión ingreso |
xxxx |
Gastos no devengados en el ejercicio precedente (N) que se devengarán en el actual (N+1):
Nº |
FECHA |
CUENTA |
CONCEPTO |
IMPORTES |
||
CÓDIGO |
TÍTULO |
DEBE |
HABER |
|||
x | 1-1 (N+1) | 6… | Cuenta de gastos | Reversión del gasto | xxxx | |
x | 1-1 (N+1) | 48 o 56 | Cuenta de ingresos | Reversión del gasto | xxxx |
De este modo, se dan de baja los correspondientes Ajustes por periodificación y aparecen los ingresos y gastos que van a devengarse este año y que, a la postre, intervendrán al determinar el resultado del período.
El movimiento y la razón de ser de las cuentas de Ajustes por periodificación ya se han expuesto; pero, ¿qué cuentas se incluyen bajo esta denominación?
El Plan General Contable, a tal efecto, señala los subgrupos 48 y 56.
En la próxima entrada explicaré con ejemplos todos los casos que se pueden presentar en la aplicación del principio del devengo en la empresa, con un práctico esquema.
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Saludos cordiales
Luis Manuel Sánchez
Me gusta mucho la claridad y sencillez con que expone usted los temas.
Hola Luisma,
Aunque ya sé que debe contabilizarse tal como lo planteas yo realizo de forma inmediata la periodificación, sin esperar al cierre del ejercicio, por dos motivos:
– es mucho más fácil hacerlo en el momento en que se contabiliza el ingreso o gasto que
tener anotaciones pendientes para 31/12
– al calcular resultados intermedios, anteriores a 31/12, nos aparece como gasto o ingreso
del ejercicio una cantidad que no corresponde.
Saludos
M. Angeles
Hola Mª Angeles:
Está haciéndolo correctamente con tal de que los gastos e ingresos queden imputados en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio contable a que corresponden. En la práctica se suele hacer de esa forma. Formalmente como yo lo expliqué en la entrada. Gracias por el seguimiento que haces de mis entradas.
Saludos cordiales.
Luis Manuel Sánchez