Plan General Contable: cambios previstos 2020

Resoluciones

Con el fin de adaptarse cada vez más a la nueva normativa europea (en especial las NIIF-UE9 y la NIIF-UE 14), desde el 1 de enero de 2020, el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) va a implementar dos importantes cambios en el Plan General Contable (PGC) por distintas resoluciones:

Puedes aplicar y adaptarte a la nueva normativa para el año 2020 en Gestiun Madrid, donde adaptarán con profesionalidad y efectividad la nueva legislación relativa al Plan General Contable.

Estos son los principales cambios que se preparan en el Plan General Contable para el año 2020.

  • Según la Resolución del 5 de marzo de 2019 emitida por el ICACl ICAC, ésta cambia el apartado relacionado con la regulación mercantil de las sociedades del capital, como las herramientas financieras, los aspectos de contabilidad o los criterios de presentación. Esta Resolución, especifica normas de registro, valoración y de elaboración de las CCAA (cuentas anuales) para el reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y la prestación de servicios.
  • En segundo lugar aparece un Real Decreto, a través del cual se producen modificaciones en el Plan General Contable (PGC). Se modifica la contabilidad de las PYMES), la formulación de CCAA (cuentas anuales) y las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin animo de lucro.

Principales cambios

Las principales novedades y cambios contables que las empresas tendrán que realizar para la adaptación al nuevo Plan General Contable 2020 podemos resumirlas en los siguientes puntos:

Activos financieros

  1. En referencia a los Activos financieros. La antigua norma 9 de Registro lo constituían seis activos financieros. Con la nueva norma pasan a ser solamente tres, a saber:
    • Los activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias
    • Los activos financieros a coste amortizado
    • Los activos financieros sin coste. Esto es consecuencia de una modificación en las normas de Registro y valoración ya que, además del cambio en la norma 9, también cambian las normas 11 y la 14.

El cambio más importante, es la desaparición de la categoría de “Activos financieros disponibles para la venta” (valorados al valor razonable pero con cambios en el Patrimonio Neto), esta categoría se reclasificará en la nueva cartera de Activos Financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias”.

Al traspasar los activos clasificados como disponibles para la venta a activos con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias, los ajustes por cambios de valor acumulados en el patrimonio neto relacionados con activos financieros disponibles para la venta serán reclasificados al inicio del ejercicio de aplicación de la reforma, a una cuenta de reservas.

  1. Se planifica una modificación de las cuentas anuales. Sufriran cambios los cuadros que habrá que incluir en la Memoría de las Cuentas Anuales: el balance, la cuenta de pérdidas y ganancias, el estado de cambios en el patrimonio neto y la memoria, todo ello referido a las modificaciones de los activos financieros que hemos comentado en el primer punto.
  2. Como consecuencia de lo anterior se producen cambios en el cuadro de cuentas: la cuenta 133 y los subgrupos de las 80 y 90 van a eliminarse y las cuentas 6632 y la 7632 sufrirán cambios.
  3. Como consecuencia de todos estos cambios en el cuadro de cuentas, se modificarán las definiciones de cuentas de todos los subgrupos. Así, se intentará su adaptación a la nueva clasificación de activos financieros descrita anteriormente.
  4. Del mismo modo se producirán cambios en el marco conceptual, es decir, en los criterios de valoración del Plan General Contable, tales como, el valor actual, el valor en uso o el coste amortizado y la definición del valor razonable.
  5. Y para terminar podemos destacar las modificaciones que tendrán lugar a la hora de definir las coberturas contables y en las aclaraciones que deberán puntualizarse en cuanto a los criterios para determinar el reconocimiento de los ingresos.

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Saludos

Luis Manuel Sánchez

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