ANTICIPOS: tratamiento contable

anticipos

ANTICIPOS TRATAMIENTO FISCAL

En las distintas operaciones comerciales de compra y venta de bienes y servicios de las empresas ocurre, en ocasiones, que se produce un pago anticipado del importe de dicha compra.

Las razones por las que se producen estos anticipos son:

  • Como garantía al hacer el encargo de la compra; por ejemplo, si se encarga un artículo con características muy especiales el vendedor puede pedir, en el momento del pedido, una señal para garantizar que la venta va a ser realizada.
  • Que sea habitual del lugar o tipo de negocio; por ejemplo, es normal que, si dejamos la ropa en la tintorería, nos pidan el pago de un cantidad del futuro servicio como garantía.
  • Una forma de financiar al vendedor; por ejemplo, es muy normal en los encargos de obras y reformas ir realizando pagos anticipados para que el que realiza dichas obras pueda, con esos pagos, adquirir los materiales encargados e ir afrontando los diversos gastos que supone dicha obra o reforma.
  • Acuerdos entre comprador y vendedor que así lo pactan.

En nuestra contabilidad estos pagos anticipados no se reflejan, todavía, como ingresos ni como gastos, el ingreso o gasto se producirá en el momento de recibir la factura definitiva.

Para realizar los asientos contables de estos anticipos, ya que no podemos utilizar las cuentas de ingresos y gastos, vamos a utilizar cuentas específicas de pagos y cobros anticipados que explicaremos más adelante en este artículo.

A la hora de contabilizar los anticipos que se produzcan en una operación de compra o de venta en la empresa debemos llevar cuidado y contabilizar adecuadamente el Iva soportado o repercutido en la operación.

Se da la circunstancia de que muchas veces las empresas no ingresan el Iva de los anticipos ante la creencia de que Hacienda no se dará cuenta o que será muy difícil que detecte esta falta de ingreso del Iva correspondiente.

No debemos descuidarnos y debemos cumplir con la legalidad vigente en cuanto al devengo del Iva de la operación (ver art. 75.2 de la Ley del IVA)..

¿Cómo debemos actuar en el caso de que se produzcan anticipos?

Si nuestra empresa recibe unos anticipos a cuenta de una futura venta que va a realizar tenemos la obligación de emitir la factura correspondiente con el consiguiente desglose del Iva del anticipo entregado y deberemos ingresar el impuesto en la liquidación correspondiente al período en que se haya realizado el cobro de ese anticipo (Modelo 303).

Cuando se realice la venta definitiva en un futuro deberemos emitir la factura definitiva descontando en ese momento la cantidad recibida como anticipo de tal forma que en dicha factura figure el Iva que resta por facturar.

No obstante, en mis muchos años como docente, me he encontrado con que muchas empresas no lo hacían de esta forma, es decir, reciben el anticipo del cliente y no emiten la correspondiente factura, facturando todo cuando se realiza la venta. Esto lo puede detectar Hacienda ya que en algún momento la cuenta de mi cliente puede presentar saldo acreedor.

Sin embargo, en muchos casos las empresas no lo hacen así. Se limitan a recibir el anticipo sin emitir factura ni repercutir IVA, facturando cuando se produce la operación.

¿Cuál es el problema? Hacienda.

Y es que la institución lo tiene bien fácil para detectarlo, ya que si tu empresa contabiliza el cobro anticipado en la cuenta del cliente, Hacienda puede detectar que en algún momento dicha cuenta aparece con saldo acreedor.

Además, si contabilizas los cobros anticipados tal como prevé el Plan General de Contabilidad, será aún más claro.

Piensa que en el modelo 347 (declaración anual de operaciones con terceros), desde hace unos años se desglosa por trimestres y puede ser que el anticipo y la venta definitiva no coincidan en el mismo trimestre y podrían producirse discrepancias entre la declaración de la empresa y su cliente.

Pueden, pues, producirse sanciones por ingresar el Iva fuera de plazo y como hemos visto producirse fallos en la declaración del modelo 347. Lo que deberíamos hacer es facturar cuando cobremos un anticipo e ingresar el iva en el trimestre que se produzca dicho anticipo.

ANTICIPOS TRATAMIENTO CONTABLE

EJEMPLOS PRÁCTICOS DE APLICACIÓN Y CONTABILIZACIÓN DE LOS ANTICIPOS

Desde el punto de vista de la empresa vendedora:

1 °.‑ Al solicitarnos un pedido de mercancías por 3.000 euros, exigimos al cliente un anticipo a cuenta del 20 % (más Iva), que nos entrega en efectivo (Iva 21 %). 

Recuerda que en momento de recibir el anticipo se devenga el Iva de la cantidad cobrada, y deberá formalizarse con la correspondiente factura oficial. 

Empresa
FRA Nº 1      7-1 CLIENTE X
Anticipo recibido a cuenta      600,00
Base Imponible      600,00
Iva  21 % s/600      126,00
Total Factura      726,00 

El asiento que realizaría nuestra empresa sería:

FECHA

CUENTA

CONCEPTO

IMPORTES

CÓDIGO

TÍTULO

DEBE

HABER

1

7-1

430

Clientes N/Fra. Nº 1 Anticipo

726

1

7-1

437

Anticipos de clientes N/Fra. Nº 1 Anticipo

600

1

7-1

477

H.P. Iva repercutido N/Fra. Nº 1 Anticipo

126

2°.‑ Al entregar la mercancía correspondiente al pedido anterior, el cliente nos paga en efectivo el 20 %, quedando el resto aplazado a un mes. 

Empresa
FRA Nº 2      15-1 CLIENTE X
Mercancía         3.000
Anticipo a cuenta         – 600
Base Imponible        2.400
Iva  21 % s/2.400           504
Total Factura        2.904

FECHA

CUENTA

CONCEPTO

IMPORTES

CÓDIGO

TÍTULO

DEBE

HABER

2

15-1

437

Anticipos de clientes N/Fra. Nº 2

600,00

2

15-1

570

Caja, euros (20% de 2904) N/Fra. Nº 2

580,80

2

15-1

430

Clientes N/Fra. Nº 2

2.323,20

2

15-1

700

Ventas de mercaderías N/Fra. Nº 2

3.000,00

2

15-1

477

H.P Iva Repercutido N/Fra. Nº 2

504,00

Desde el punto de vista de la empresa compradora:

Al efectuar el pedido de un suministro de mercancías por 10.000 euros, se entrega un anticipo del 20 % en el momento del pedido (IVA 21 %).

En este caso lo correcto es lo siguiente: si tu empresa entrega un anticipo a cuenta de una futura operación, deberá exigir una factura que desglose el IVA al proveedor al que haces el anticipo, y habrá liquidar el impuesto en la autoliquidación correspondiente a la fecha del pago de dicho anticipo.

Más adelante, cuando se lleve a cabo la operación, el proveedor deberá emitir otra factura por el importe total de la compra y el resto del IVA.

PROVEEDOR X
FRA Nº 2      7-1 Empresa
Anticipo recibido a cuenta      2.000,00
Base Imponible      2.000,00
Iva  21 % s/2.000         420,00
Total Factura      2.420,00 

El asiento a realizar por la empresa sería:

FECHA

CUENTA

CONCEPTO

IMPORTES

CÓDIGO

TÍTULO

DEBE

HABER

1

7-1

407

Anticipos a proveedores S/Fra. Nº 2

2.000

1

7-1

472

H.P. Iva Soportado 21 % S/Fra. Nº 2

420

1

7-1

400

Proveedores S/Fra. Nº 2

2.420

Al recibir la mercancía correspondiente al pedido anterior, la empresa paga el 30 % al contado y queda aplazado a 30 días el 70 % restante.

 

PROVEEDOR X
FRA Nº 3      28-1 Empresa
Mercancía         10.000
Anticipo a cuenta         – 2.000
Base Imponible           8.000
Iva  21 % s/2.000           1.680
Total Factura           9.680

El asiento a realizar será:

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
2 28-1 600 Compras de mercaderías S/Fra. Nº 3 10.000
2 28-1 472 H.P. Iva Soportado 21 % S/Fra. Nº 3 1.680
2 28-1 407 Anticipos a proveedores S/Fra. Nº 3 2.000
2 28-1 570 Caja, euros (30 % de 9680) S/Fra. Nº 3 2.904
2 28-1 400 Proveedores (70 % de 9680) S/Fra. Nº 3 6.776

Espero que os haya gustado.

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