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EL ENDOSO DE EFECTOS
Podemos definir el endoso como la transmisión a un tercero del derecho de cobro al vencimiento estipulado de letras de cambio y pagarés. Esta persona adquiere todos los derechos que en su día disfrutaba el librador de la letra o pagaré, pudiendo actuar contra el librado, en caso de falta de pago, con las mismas facultades que el librador. |
Cómo funciona en la letra de cambio
Las personas que intervienen son: Endosatario, que es el beneficiario de la letra de cambio y, tras el endoso, se convierte en el tenedor de la misma. Además, adquiere la titularidad del crédito que contiene la letra con los mismos derechos que tenía el primer librador. Endosante, por su parte, garantiza la aceptación y el pago de la letra de cambio frente a los que vayan adquiriendo con posterioridad, siendo imprescindible su firma para que sea efectivo. |
Cómo funciona en el pagaré
Las formas más habituales de realizar un endoso en un pagaré son las siguientes:
Endoso en blanco, el legítimo tenedor firma en el reverso del documento transmitido y se lo entrega al endosado.
Endoso a favor de persona determinada, cuando el legítimo tenedor especifica en el reverso del documento a favor de que persona está realizando la acción de endosar.
EJEMPLO PRÁCTICO
Una empresa debe a su proveedor 10.000 euros. Decide saldarle la deuda endosándole un pagaré a su favor que tiene de un cliente suyo y registrado en la cuenta 431. Clientes, efectos comerciales a cobrar.¿Cómo contabilizaríamos la citada operación?
SOLUCIÓN:
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3 comentarios en «Cómo contabilizar los efectos comerciales: endoso de efectos (II)»