Debido a la fuerte reacción entre el colectivo de autónomos, a la cual me sumo el gobierno ha extendido su aplicación a todos los nuevos autónomos independientemente de su edad, medida que está previsto entre en vigor a finales de septiembre de 2013, en el marco de la Ley de Emprendedores. Este artículo se actualizará en cuanto la aprobación definitiva se produzca.
Teniendo en cuenta que la ley de Emprendedores ya ha pasado la fase de enmiendas en el Senado por lo que sólo le queda ser definitivamente aprobada en el Congreso, ya podemos saber que el funcionamiento de la tarifa plana para mayores de treinta años va a ser prácticamente similar al aplicable a los menores de 30 años.
Te explico a continuación la tarifa plana de 50 euros para autónomos: requisitos, cuantía de la cuota mensual según tramos y edad (tanto para menores como mayores de 30 años) así como la situación de la tramitación legal de la tarifa plana para mayores de treinta años, cuya entrada en vigor se espera para finales de septiembre de 2013.
No obstante, todos los autónomos no podrán beneficiarse de esta medida ya que dicha medida va a presentar una serie de requisitos para poderla aplicar:
Requisitos:
El Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y estímulo del crecimiento y la creación de empleo introdujo la tarifa plana para menores de treinta años.
El primer requisito es tener menos de 30 años en el momento del alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social.
Con la aprobación de la Ley de Emprendedores este requisito desaparecerá al extenderse la tarifa plana a todos los nuevos autónomos independientemente de su edad.
Los demás requisitos a cumplir para beneficiarse de la tarifa plana son:
- No haber estado de alta como autónomo en los cinco años anteriores.
- No emplear trabajadores por cuenta ajena
Además, ha quedado a criterio de la Tesorería General de la Seguridad Social la concesión final, lo que en la práctica ha dado lugar a dos requisitos adicionales:
- No ser administrador de una sociedad mercantil. (ha generado una gran polémica, debido a que se les han reclamado las cuotas con carácter retroactivo a los que se habían beneficiado hasta ahora).
- No ser autónomo colaborador (régimen especial para familiares de los autónomos).
Todo ello ha causado bastante controversia y denuncias en medios ya que estos criterios no estaban en la orden, sino en una circular interna de la Seguridad Social, lo cual ha provocado que muchos jóvenes autónomos que contaban con esa ayuda no hayan podido recibirla.
En cuanto a la cuantía a satisfacer por el autónomo varía a lo largo de los primeros quince meses de actividad, estableciéndose tres tramos de reducción sobre la base mínima de cotización y el tipo mínimo de cotización, incluyendo la capacidad temporal:
- Primeros 6 meses: 80% de reducción de la cuota, con lo que con las bases y tipos de 2013 se queda en 52,03 euros.
- Meses 7 al 12: 50% de reducción durante el segundo semestre, que se quedaría en 2013 en 128,79 euros.
- Meses 13 al 15: 30% de reducción durante el siguiente trimestre, que se quedaría con las bases y tipos de cotización de 2013 en 179,66 euros.
Los jóvenes menores de 30 años y las mujeres menores de 35 se benefician de la siguiente bonificación adicional:
- Meses 16 al 30: 30% de bonificación adicional durante los 15 meses siguientes, con lo que la cuota se mantendría en 179,96 euros.
Por último te recomiendo la calculadora que proporciona Infoautonomos para el cálculo de las cuotas y prestaciones de autónomo, dónde ya está incluida la tarifa plana de los 50 euros.
Situación de la tramitación de la tarifa plana para mayores de 30 años
El Senado aprobó el pasado 11 de septiembre de 2013 el nuevo Proyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización tras incorporar al mismo dos enmiendas. En su artículo 28 incluye recoge la extensión de la tarifa plana a los mayores de 30 años.
Este Proyecto de Ley, que se está tramitando por el procedimiento de urgencia, debe ahora ser ratificado en el Congreso de los Diputados, lo que está en principio previsto para el 19 de septiembre. No se espera incidencia alguna ya que bastará por su aprobación con la mayoría simple que ostenta el grupo Popular.
Posteriormente el proyecto de Ley será publicado en el BOE, entrando en vigor justo a continuación. En principio y si no hay demoras adicionales, esto debe ocurrir antes que finalice septiembre.
Recomendación:
Si tienes intención de emprender próximamente y por lo tanto vas a tener que darte de alta como autónomo y cumples los requisitos para acceder a la tarifa plana, espera a la fecha de publicación en el BOE (previsiblemente para finales de septiembre) ya que de lo contrario no podrás beneficiarte de dicha ayuda.