SUBVENCIONES PARA COMPENSACIÓN DE GASTOS ESPECÍFICOS
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Voy a tratar en esta entrada la contabilización de las subvenciones cuyo destino es la compensación de determinados gastos específicos en la empresa (caso nº 2 de la infografía resumen).
Seguimos con el ejemplo de la empresa situada en Elda (Alicante) y suponemos que se trata de una pyme por lo que no utilizaremos para la contabilización de la subvención de los grupos 8 y 9.
EJEMPLO PRÁCTICO 1
Vamos a suponer que el ayuntamiento de Elda donde se ubica nuestra empresa acuerda con nuestra empresa conceder una subvención para cubrir una campaña publicitaria que cubrirá un horizonte temporal de dos años y que está enmarcada dentro de un plan de dinamización económico de la zona del Medio Vinalopó.
La campaña publicitaria tendrá un coste total de 80.000 euros. Dicha cantidad será abonada por el ayuntamiento al inicio el primer día del mes de octubre del año N. Al final el ejercicio n nuestra empresa abona 30.000 euros a una empresa de publicidad por los diferentes anuncios publicados por la misma durante el último trimestre.
La empresa al ser una Pyme tributa con un tipo impositivo del 25 % (dato para el cálculo del efecto impositivo de la subvención recibida).
Contabilizar las operaciones relativas a la subvención suponiendo, como hemos indicado, que nuestra empresa aplica el Plan General Contable para Pymes.
SOLUCIÓN
El día 1 de octubre del año N por la notificación de la concesión de la subvención por parte del Ayuntamiento:
Nº | FECHA | CUENTA | CONCEPTO | IMPORTES | ||
CÓDIGO | TÍTULO | DEBE | HABER | |||
x | 1/10/N | 4708 | H.P. deudora por subvenciones concedidas | Concesión de la subvención | 80.000 | |
x | 1/10/N | 132 | Otras subvenciones, donaciones y legados | Concesión de la subvención | 80.000 |
El mismo día nuestra empresa recibe el importe de la subvención por parte del ayuntamiento y realizará el siguiente asiento:
Nº | FECHA | CUENTA | CONCEPTO | IMPORTES | ||
CÓDIGO | TÍTULO | DEBE | HABER | |||
x | 1/10/N | 572 | Bancos C/C | Cobro de la subvención | 80.000 | |
x | 1/10/N | 4708 | H.P. deudora por subvenciones concedidas | Cobro de la subvención | 80.000 |
A finales del año N, la agencia de publicidad nos pasa factura por 30.000 euros correspondientes a los anuncios publicados desde el 1 de octubre hasta finalizar el año. Pagamos al contado a través de una transferencia bancaria.
Nº | FECHA | CUENTA | CONCEPTO | IMPORTES | ||
CÓDIGO | TÍTULO | DEBE | HABER | |||
x | 31/12/N | 627 | Publicidad, propaganda y relaciones públicas | Pago de la factura de la agencia de publicidad | 30.000 | |
x | 31/12/N | 472 | H.P. Iva soportado | Iva de la operación al 21 % | 6.300 | |
X | 31/12/N | 572 | Bancos C/C | Por la salida del importe del banco | 36.300 |
Seguidamente debemos imputar a la cuenta de resultados parte de la subvención por la misma cuantía del gasto resultante en el año N, es decir, 30.000 euros. Utilizamos la cuenta prevista en el Plan Contable para ello; 747. Otras subvenciones, dotaciones y legados transferidos al resultado del ejercicio.
Por lo que realizamos el siguiente asiento.
Nº | FECHA | CUENTA | CONCEPTO | IMPORTES | ||
CÓDIGO | TÍTULO | DEBE | HABER | |||
x | 31/12/N | 132 | Otras subvenciones , donaciones y legados | Por el paso a resultados de la subvención en función del gasto realizado en el período | 30.000 | |
x | 31/12/N | 747 | Otras subvenciones, dotaciones y legados transferidos al resultado del ejercicio | Por el paso a resultados de la subvención en función del gasto realizado en el período | 30.000 |
De esta forma podemos comprobar que al final del ejercicio N el efecto en la cuenta de resultados es neutro, cómo queríamos, el importe del gasto (cuenta 627) se compensa con la cuenta de ingresos 747 por la misma cuantía; mientras que en el patrimonio neto, cuenta 132, el saldo que aparecerá coincide con el importe de la subvención que todavía no se ha aplicado a su finalidad.
Por último contabilizamos el efecto impositivo del impuesto sobre sociedades (25 % de la diferencia temporaria imponible) en la subvención. En nuestro caso 30.000 x 25 % = 7.500.
Nº | FECHA | CUENTA | CONCEPTO | IMPORTES | ||
CÓDIGO | TÍTULO | DEBE | HABER | |||
x | 31/12/N | 132 | Otras subvenciones , donaciones y legados | Efecto impositivo (30.000 x 0.25) | 7.500 | |
x | 31/12/N | 479 | Pasivo por diferencias temporarias imponibles | Efecto impositivo (30.000 x 0.25) | 7.500 |
Y así sucesivamente actuaremos conforme vayamos gastando en publicidad cada período y traspasando paralelamente al resultado del ejercicio en la cuenta 747.
EJEMPLO PRÁCTICO 2
Vamos a suponer también que la empresa de nuestro ejemplo recibe el 1 de enero del año N una subvención del Instituto Nacional de Empleo de 15.000 euros con el objetivo de que la empresa pueda reducir costes en las cotizaciones de la Seguridad Social de determinado empleado durante los siguientes dos años.
La nómina de nuestro empleado presenta el siguiente desglose:
- Nómina bruta: 2.500 euros
- Retención rentas de trabajo (IRPF): 290 euros
- Seguridad social: 600 euros de los cuales 475 corresponde a la cuota que debe pagar la empresa y 125 euros a la cuota que se retiene al trabajador.
Contabiliza la subvención teniendo en cuenta la información anterior
SOLUCIÓN:
El día 1 de enero del año N por la notificación de la concesión de la subvención por parte del Instituto Nacional de Empleo:
Nº | FECHA | CUENTA | CONCEPTO | IMPORTES | ||
CÓDIGO | TÍTULO | DEBE | HABER | |||
x | 1/10/N | 4708 | H.P. deudora por subvenciones concedidas | Concesión de la subvención | 15.000 | |
x | 1/10/N | 132 | Otras subvenciones, donaciones y legados | Concesión de la subvención | 15.000 |
El mismo día nuestra empresa recibe el importe de la subvención por parte del citado organismo y realizará el siguiente asiento:
Nº | FECHA | CUENTA | CONCEPTO | IMPORTES | ||
CÓDIGO | TÍTULO | DEBE | HABER | |||
x | 1/10/N | 572 | Bancos C/C | Cobro de la subvención | 15.000 | |
x | 1/10/N | 4708 | H.P. deudora por subvenciones concedidas | Cobro de la subvención | 15.000 |
Cada uno de los meses del año N la empresa contabilizará el asiento de la nómina donde se imputarán los gastos de seguridad social correspondientes al trabajador. El asiento de la nómina que realizará la final de cada uno de los meses sería:
Nº | FECHA | CUENTA | CONCEPTO | IMPORTES | ||
CÓDIGO | TÍTULO | DEBE | HABER | |||
x | xxx | 640 | Sueldos y salarios | Nómina bruta | 2.500 | |
x | xxx | 642 | Seguridad social a cargo de la empresa | Cuota patronal de la seguridad social (gasto subvencionado) | 475 | |
x | xxx | 476 | Organismos de la seguridad social acreedores | Deuda con la seguridad social (cuota obrera + cuota patronal) | 600 | |
x | xxx | 4751 | H.P. acreedora por retenciones practicadas | Retención IRPF | 290 | |
x | xxx | 572 | Bancos C/C | 2.085 |
Seguidamente debemos imputar a la cuenta de resultados parte de la subvención por la misma cuantía del gasto resultante en el año N, es decir, 475 x 12 = 5.700 euros (gasto total de seguridad social total imputado en las doce nóminas del año N). Para ello, utilizamos la cuenta prevista en el Plan Contable ; 747. Otras subvenciones, dotaciones y legados transferidos al resultado del ejercicio.
Por lo que realizamos el siguiente asiento:
Nº | FECHA | CUENTA | CONCEPTO | IMPORTES | ||
CÓDIGO | TÍTULO | DEBE | HABER | |||
x | 31/12/N | 132 | Otras subvenciones , donaciones y legados | Por el paso a resultados de la subvención en función del gasto realizado en el período | 5.700 | |
x | 31/12/N | 747 | Otras subvenciones, dotaciones y legados transferidos al resultado del ejercicio | Por el paso a resultados de la subvención en función del gasto realizado en el período | 5.700 |
De esta forma podemos comprobar que al final del ejercicio N el efecto en la cuenta de resultados es neutro, cómo queríamos, el importe del gasto subvencionado (cuenta 642) se compensa con la cuenta de ingresos 747 por la misma cuantía; mientras que en el patrimonio neto, cuenta 132, el saldo que aparecerá coincide con el importe de la subvención que todavía no se ha aplicado a su finalidad.
Por último contabilizamos el efecto impositivo del impuesto sobre sociedades (25 % de la diferencia temporaria imponible) en la subvención. En nuestro caso 5.700 x 25 % = 1.425 euros.
Nº | FECHA | CUENTA | CONCEPTO | IMPORTES | ||
CÓDIGO | TÍTULO | DEBE | HABER | |||
x | 31/12/N | 132 | Otras subvenciones , donaciones y legados | Efecto impositivo (5.700 x 0.25) | 1.425 | |
x | 31/12/N | 479 | Pasivo por diferencias temporarias imponibles | Efecto impositivo (5.700 x 0.25) | 1.425 |
En la próxima entrada contabilizaremos las subvenciones destinadas a la compra de inmovilizados.
Saludos cordiales
Luis Manuel Sánchez