Renting: su contabilización-Arrendamiento operativo

Renting

Siguiendo con la contabilización de las diferentes fuentes de financiación de una empresa le toca el turno al renting o arrendamiento operativo.

En entradas anteriores de mi blog expliqué cómo se contabilizaba una operación de arrendamiento financiero en la que pudísteis descargar una hoja de cálculo que realizaba el cuadro de amortización de la operación .

En esta ocasión trataremos la contabilización de un arrendamiento operativo o renting, que en algunos casos se asemeja a la contabilización de un arrendamiento financiero si se cumplen una serie de condiciones en la operación.

El renting operativo, como hemos señalado anteriormente se asimila a la figura del arrendamiento operativo.

CONCEPTO

Se trata de un acuerdo mediante el cual el arrendador conviene con el arrendatario el derecho a usar un activo durante un periodo de tiempo determinado, a cambio de percibir un importe único o una serie de pagos o cuotas, sin que se trate de un arrendamiento de carácter financiero.

Los ingresos y gastos, correspondientes al arrendador y al arrendatario, derivados de los acuerdos de arrendamiento operativo serán considerados, respectivamente, como ingreso y gasto del ejercicio en el que los mismos se devenguen, imputándose a la cuenta de pérdidas y ganancias.

El arrendador continuará presentando y valorando los activos cedidos en arrendamiento conforme a su naturaleza, incrementando su valor contable en el importe de los costes directos del contrato que le sean imputables, por lo tanto se reconocerán como gasto durante el plazo del contrato aplicando el mismo criterio utilizado para el reconocimiento de los ingresos del arrendamiento.

Lo más importante es que, cualquier cobro o pago que pudiera hacerse al contratar un derecho de arrendamiento calificado como operativo, se tratará como un cobro o pago anticipado por el arrendamiento que se imputará a resultados a lo largo del periodo de arrendamiento a medida que se cedan o reciban los beneficios económicos del activo arrendado.

Hay que distinguir, en primer lugar, si el «renting» del que se habla, corresponde a un arrendamiento financiero u operativo.

Habitualmente, en la gran mayoría de los casos, el renting se ha venido asimilando a un arrendamiento operativo (alquiler), es decir, cuando del examen de las condiciones del contrato se deduce que no se transfiere la propiedad del bien a la finalización del mismo, asumiendo el arrendador, desde un principio, los riesgos y beneficios que giren sobre el mismo (seguros, reparaciones, mantenimiento, sustitución, etc.).

El Renting se diferencia del Leasing (arrendamiento financiero) en los siguientes puntos:

       a) No existe la “Opción Compra” del bien.

       b) La propiedad pertenece al arrendador

       c) Los gastos de mantenimiento, seguro, etc., son a cargo del Arrendador

       d) Al finalizar el contrato se ha de devolver el bien a su propietario

CONTABILIZACIÓN

En éste caso (arrendamiento operativo), como tal alquiler, el asiento seria:

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
x xxx 621 Arrendamientos y cánones Contabilización del gasto por alquileres xxxx
x xxx 472 H.P. Iva soportado Contabilización del gasto por alquileres xxxx
x xxx 410 Acreedores por prestación de servicios Contabilización del gasto por alquileres xxxx

Por lo tanto, al no existir título de propiedad sobre el mismo, y no derivarse un posible cambio de titularidad (no existe opción de compra a priori), no existe la posibilidad de amortizaciones. El bien no es de la empresa.

Una vez finalizado el contrato de arrendamiento operativo (alquiler), si ambas partes acordasen la transferencia del bien (compra/venta), a partir de éste momento, sí procedería considerarse como una adquisición de inmovilizado, por el valor de mercado, o precio acordado (el menor de los dos).

Y consiguientemente, la amortización que correspondiese, en éste caso si procedería, a partir de éste momento, como un bien usado, y por el resto de su vida útil.

EJEMPLO DE CONTABILIZACIÓN 1

El 1 de enero del año N una empresa, suscribe un contrato de arrendamiento, que por sus características, puede ser considerado como renting (arrendamiento operativo), para el uso de un vehículo para la empresa.

Los términos del contrato se fijan en 36 mensualidades de 900 euros mensuales cada una, fijándose la primera el día 1 de febrero del año N.

De igual forma, cada mes las cuotas a pagar incluyen los gastos de seguro del vehículo (90 euros) y los gastos de mantenimiento y puesta a punto (50 euros más Iva 21 %).

La empresa arrendadora exige una fianza de 2.700 euros a la firma del contrato. Las sucesivas cuotas de arrendamiento están gravadas con un Iva del 21 %.

Contabilizar la operación de renting.

SOLUCIÓN:

1 de enero del año N

Por la entrega de la fianza a la firma del contrato. La fianza al ser una operación financiera está exenta de Iva.

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
1 1/1/N 260 Fianzas constituidas a largo plazo Pago fianza renting 2.700
1 1/1/N 572 Bancos c/c Pago fianza renting 2.700

El primero de cada uno de los meses por el devengo  de la cuota de alquiler  más los gastos de seguro y mantenimiento:

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
2 1/2/N 621 Arrendamientos y cánones Contabilización del gasto por alquileres 900,00
2 1/2/N 625 Primas de seguros Contabilización del gasto de seguro 90,00
2 1/2/N 622 Reparaciones y conservación Contabilización de mantenimiento y puesta a punto 50,00
2 1/2/N 472 H,P, Iva Soportado Iva sobre (900 + 50) 199,50
2 1/2/N 4200 Acreedores renting Deuda con la empresa arrendadora 1.239,50

Recuerda que el seguro está exento de Iva

Por el pago de cada uno de los recibos:

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
3 1/1/N 4200 Acreedores por renting Pago recibo de renting 1.239,50
3 1/1/N 572 Bancos c/c Pago recibo de renting 1.239,50

Al cierre del ejercicio N se darán de baja las cuentas de gastos contra la cuenta 129 Resultado del ejercicio.

EJEMPLO DE CONTABILIZACIÓN 2

SUPUESTO DE CONTABILIZACIÓN EN EL QUE LA OPERACIÓN DE RENTING POR SUS ESPECIALES CARACTERÍSTICAS DEBE CONTABILIZARSE COMO UNA OPERACIÓN DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO

leasing-y-renting

Una empresa, con fecha 1 de enero del año N, firma un contrato de renting para la utilización de un vehículo de empresa. La condiciones del contrato de renting vienen dadas por:

  • Cuota anual (IVA 21 % no incluido): 10.000 euros
  • La cuota incluye: mantenimiento del vehículo, amortización del vehículo, intereses, seguro a todo riesgo e impuesto de circulación.
  • Km. contratados: 400.000 km.
  • Plazo 4 años.
  • Valor de Mercado del vehículo en el momento de la firma del contrato según factura pro-forma del concesionario: 34.495,00 euros.
  • Tipo de interés anual del mercado 4,25%.

Contabilizar los asientos correspondientes a la operación realizada.

SOLUCIÓN:

En este caso, de acuerdo con la Norma de Valoración 7ª del PGC para Pymes, «… cuando de las condiciones económicas de un acuerdo de arrendamiento, se deduzca que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo objeto del contrato, dicho acuerdo deberá calificarse como arrendamiento financiero…

También se presumirá, salvo prueba en contrario, dicha transferencia, aunque no exista opción de compra, entre otros, en los siguientes casos:

  1. Contratos de arrendamiento en los que la propiedad del activo se transfiere, o de sus condiciones se deduzca que se va a transferir, al arrendatario al finalizar el plazo del arrendamiento.
  2. Contratos en los que el plazo del arrendamiento coincida o cubra la mayor parte de la vida económica del activo, y siempre que de las condiciones pactadas se desprenda la racionalidad económica del mantenimiento de la cesión de uso.

El plazo del arrendamiento es el periodo no revocable para el cual el arrendatario ha contratado el arrendamiento del activo, junto con cualquier periodo adicional en el que éste tenga derecho a continuar con el arrendamiento, con o sin pago adicional, siempre que al inicio del arrendamiento se tenga la certeza razonable de que el arrendatario ejercitará tal opción.

c) En aquellos casos en los que, al comienzo del arrendamiento, el valor actual de los pagos mínimos  acordados por el arrendamiento suponga la práctica totalidad del valor razonable del activo arrendado.

d) Cuando las especiales características de los activos objeto del arrendamiento hacen que su utilidad quede restringida al arrendatario.

e) El arrendatario puede cancelar el contrato de arrendamiento y las pérdidas sufridas por el arrendador a causa de tal cancelación fueran asumidas por el  arrendatario.

f) Los resultados derivados de las fluctuaciones en el valor razonable del importe residual recaen sobre el arrendatario.
g) El arrendatario tiene la posibilidad de prorrogar el arrendamiento durante un segundo periodo, con unos pagos por arrendamiento que sean sustancialmente inferiores a los habituales del mercado.

Así, por el apartado b) hemos de entender que nos encontramos ante un contrato de Arrendamiento Financiero, pues el plazo del arrendamiento cubre la mayor parte de la vida del activo (400.000 kms).

Luego, en primer lugar hemos de proceder al cálculo del VALOR ACTUAL de los pagos futuros (aplicando el tipo de interés del 4,25% anual):

VALOR ACTUAL RENTING

Luego tenemos:

Valor de Mercado del Vehículo: 34.495 euros.

Valor Actual de los pagos a realizar: 36.086,10 euros.

Debemos obtener el tipo de interés efectivo de la operación que vendría dado por:

TIPO EFECTIVO RENTING

Calculamos el tipo de interés efectivo (i) despejando el tipo de la equivalencia financiera anterior, ayudándonos de la función TIR de la hoja de cálculo Excel y obtenemos:

Tipo de interés efectivo: 6,1974013 %

En este sentido habremos de calcular, a partir del tipo de interés efectivo el cuadro de amortización del contrato de Renting, separando la parte de interés (4,25%) y la de mantenimiento (1,9474013%)

Núm
Vtos.
  1. Fecha
Tipo de
interés
Tipo interés mantenimiento Término
Amortizativo
Vtos
Ptes.
Cuota de
Interés
Cuota de mantenimiento Cuota de
Amortización
Capital
Amortizado
Capital
Pendiente
1 1-1-N+1 4,25% 1,947401% 10.000,00 3 1.466,04 671,76 7.862,20 7.862,20 26.632,80
2 1-1-N+2 4,25% 1,947401% 10.000,00 2 1.131,89 518,65 8.349,46 16.211,66 18.283,34
3 1-1-N+3 4,25% 1,947401% 10.000,00 1 777,04 356,05 8.866,91 25.078,57 9.416,43
4 1-1-N+4 4,25% 1,947401% 10.000,00 0 400,20 183,38 9.416,42 34.494,99 0,01
TOTALES 40.000,00   3.775,17 1.729,83 34.495,00    

De esta forma la contabilización del renting vendrá determinada por los siguientes asientos:

Por la compra del vehículo el 1 de enero del año N:

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
1 1/1/N 218 Elementos de transporte Firma contrato leasing vehículo 34.495,00
1 1/1/N 524 Acreedores a corto plazo por arrendamiento financiero Firma contrato leasing vehículo 7.862,21
1 1/1/N 174 Acreedores a largo plazo por arrendamiento financiero Firma contrato leasing vehículo 26.632,79

31 de diciembre del año N

Por la amortización anual del vehículo: 34.495,00 / 4 años = 8.623,75 

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
2 31/12/N 681 Amortización del inmovilizado material Amortización del vehículo 8.623,75
2 31/12/N 2818 Amortización acumulada de elementos de transporte Amortización del vehículo 8.623,75

Por la reclasificación de una cuota del largo al corto plazo:

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
3 31/12/N 174 Acreedores a largo plazo por arrendamiento financiero Reclasificación de la deuda 8.349,46
3 31/12/N 524 Acreedores a corto plazo por arrendamiento financiero Reclasificación de la deuda 8.349,46

Por el pago de la 1ª cuota el 1 de enero del año N+1:

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
4 1/1/N+1 524 Acreedores a corto plazo por arrendamiento financiero Amortización primera cuota leasing 7.862,20
4 1/1/N+1 662 Intereses de deudas Carga financiera primera cuota 1.466,04
4 1/1/N+1 622 Reparaciones y conservación Cuota mantenimiento 671,76
4 1/1/N+1 472 Iva Soportado 21 % Iva del total sobre (21 % s/10.000) 2.100
4 1/1/N+1 572 Bancos c/c Cargo en cuenta bancaria 12.100

31 de diciembre del año N+1

Por la amortización anual del vehículo: 34.495,00 / 4 años = 8.623,75 

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
5 31/12/N+1 681 Amortización del inmovilizado material Amortización del vehículo 8.623,75
5 31/12/N+1 2818 Amortización acumulada de elementos de transporte Amortización del vehículo 8.623,75

Por la reclasificación de una cuota del largo al corto plazo:

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
6 31/12/N 174 Acreedores a largo plazo por arrendamiento financiero Reclasificación de la deuda 8.866,91
6 31/12/N 524 Acreedores a corto plazo por arrendamiento financiero Reclasificación de la deuda 8.866,91

Por el pago de pago de la 2ª cuota el  1 de enero del año N+2

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
7 1/1/N+2 524 Acreedores a corto plazo por arrendamiento financiero Amortización primera cuota leasing 8.349,46
7 1/1/N+2 662 Intereses de deudas Carga financiera primera cuota 1.131,89
7 1/1/N+2 622 Reparaciones y conservación Cuota mantenimiento 518,65
7 1/1/N+2 472 Iva Soportado 21 % Iva del total sobre (21 % s/10.000) 2.100
7 1/1/N+2 572 Bancos c/c Cargo en cuenta bancaria 12.100

31 de diciembre del año N+2

Por la amortización anual del vehículo: 34.495,00 / 4 años = 8.623,75

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
8 31/12/N+2 681 Amortización del inmovilizado material Amortización del vehículo 8.623,75
8 31/12/N+2 2818 Amortización acumulada de elementos de transporte Amortización del vehículo 8.623,75

Por la reclasificación de una cuota del largo al corto plazo:

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
9 31/12/N+2 174 Acreedores a largo plazo por arrendamiento financiero Reclasificación de la deuda 9.416,42
9 31/12/N+2 524 Acreedores a corto plazo por arrendamiento financiero Reclasificación de la deuda 9.416,42

Por el pago de la tercera cuota el 1 de enero del año N+3:

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
10 1/1/N+3 524 Acreedores a corto plazo por arrendamiento financiero Amortización primera cuota leasing 8.866,91
10 1/1/N+3 662 Intereses de deudas Carga financiera primera cuota 777,04
10 1/1/N+3 622 Reparaciones y conservación Cuota mantenimiento 365,05
10 1/1/N+3 472 Iva Soportado 21 % Iva del total sobre (21 % s/10.000) 2.100
10 1/1/N+3 572 Bancos c/c Cargo en cuenta bancaria 12.100

31 de diciembre del año N+3

Por la amortización anual del vehículo: 34.495,00 / 4 años = 8.623,75 

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
11 31/12/N+2 681 Amortización del inmovilizado material Amortización del vehículo 8.623,75
11 31/12/N+2 2818 Amortización acumulada de elementos de transporte Amortización del vehículo 8.623,75

Por la reclasificación de una cuota del largo al corto plazo:

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
12 31/12/N 174 Acreedores a largo plazo por arrendamiento financiero Reclasificación de la deuda 9.416,42
12 31/12/N 524 Acreedores a corto plazo por arrendamiento financiero Reclasificación de la deuda 9.416,42

Por el pago de la cuarta el 1 de enero del año N+4:

FECHA CUENTA CONCEPTO IMPORTES
CÓDIGO TÍTULO DEBE HABER
13 1/1/N+4 524 Acreedores a corto plazo por arrendamiento financiero Amortización primera cuota leasing 9.416,43
13 1/1/N+4 662 Intereses de deudas Carga financiera primera cuota 400,20
13 1/1/N+4 622 Reparaciones y conservación Cuota mantenimiento 183,38
13 1/1/N+4 472 Iva Soportado 21 % Iva del total sobre (21 % s/10.000) 2.100
13 1/1/N+3 572 Bancos c/c Cargo en cuenta bancaria 12.100

Puedes aprender más sobre la operación de renting jugando con las simulaciones de esta operación en diversas entidades financieras en los siguientes enlaces:

SIMULADOR DE RENTING BANKINTER

GUIA DE RENTING LA CAIXA

Otras entradas de este blog que te pueden ser útiles:

Leasing

Leasing hoja de cálculo

HOJA DE CÁLCULO CUADRO ARRENDAMIENTO FINANCIERO

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Luis Manuel Sánchez

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3 comentarios en «Renting: su contabilización-Arrendamiento operativo»

  1. Pingback: Actualidad #contabilidad #pymes #autónomos Marzo 2014 |
  2. Creo que hay un error en el post: la fianza no está exenta de IVA por ser una operación financiera, sino porque NO supone una contraprestación, a menos que la operación se resuelva (y la parte se quede la fianza) en cuyo caso sí que devenga IVA.

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